Los Ríos al Día

Bidema Valdivia rescató 4 loros choroy en Curiñanco

Por Prensa-LosRios Feb7,2017

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La Brigada Investigadora de Delitos contra el Medioambiente y Patrimonio Cultural (Bidema) de Valdivia recuperó 4 polluelos de la especie loros choroy (Enicognathus Leptorynchus), protegidas por la Ley N°19.473 de Caza.

Las aves pudieron ser rescatadas luego que fueran ubicadas a través del seguimiento de diversos perfiles en Facebook, situación que permitió a los detectives dar con las especies en un domicilio particular del sector Las Minas, en el camino costero a Curiñanco.

Tras contactar a los tenedores de las especies, éstos accedieron voluntariamente a la entrega de las aves, siendo trasladadas al Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre (CEREFAS) de la Universidad Austral de Chile, donde especialistas se encargan de su estabilización para posteriormente, ser reingresadas a su medio natural, en la misma zona del hallazgo.

La diligencia permitió a los oficiales Bidema la recuperación de estas aves catalogadas en la categoría de vulnerables, debido a la amenaza que constituye para ellas tanto el efecto humano, como el de depredadores como los gatos, presentes en los sectores boscosos donde se distribuye esta especie protegida.

Oficiales de Bidema aprovecharon de recordar que existen dos leyes que regulan el comercio de animales. La Ley de Caza, que define claramente faltas y delitos; y la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES), el principal organismo internacional que regula el tráfico de flora y fauna en peligro de extinción, la cual agrupa a más de 3000 especies animales tales como moluscos, insectos, peces, anfibios, reptiles, aves y mamíferos, y 35.000 especies de plantas pertenecientes a grupos muy diversos.

Por lo mismo, para para no cometer un delito el llamado es a no comercializar, cazar o capturar aquellas especies de la fauna silvestre, en especial especímenes en peligro de extinción, vulnerables, raras o escasamente conocidas; aquellos incluidos en CITES y CMS (Convention on Migratory Species) y las protegidas sin acreditación legal de origen.

El conocimiento y castigo de los delitos mencionados, es de competencia de los juzgados correspondientes y los infractores se exponen a prisión grado mínimo a medio o grado medio a máximo.

EDICION: 574

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