(Y QUE HA RESUELTO LA CORTE SUPREMA EN CONTETO DE TENENCIA RESPONSABLE)
En un fallo del año 2021 la Corte Suprema “estableció que las Municipalidades tienen la obligación de proteger la salud pública, la seguridad de las personas y el medioambiente, para lo cual debían aplicar medidas de control de mascotas y animales de compañía. Con respecto a los animales abandonados señalo que los órganos municipales se encontraban facultados para retirar aquellas especies abandonadas en bienes nacionales de uso publico para el efecto de sanitizarlas, esterilizarlas y reubicarlas al cuidado de alguna organización que pudiera asumir su tenencia responsable”. A partir de la entrada en vigor de la ley de tenencia responsable podemos
establecer:
a) Los órganos de la administración del estado y las Municipalidades deberán promover la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía a fin de asegurar su bienestar y la salud de las personas y del medioambiente.
b) Las Municipalidades deberán dictar una ordenanza sobre tenencia responsable en conformidad a legislación vigente.
c) La autoridad municipal solo se encuentra facultado para proceder al rescate de animales solo si concurren los siguientes requisitos:
- que se trate de un animal abandonado.
- que se encuentre en bienes nacionales de uso público.
- que el retiro se haga con el objeto de entregarlo al cuidado de alguna persona u organización que asuma su tenencia responsable.
La Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior deberá disponer los recursos necesarios para que las municipalidades puedan cumplir estas acciones, por sí mismas o medio de terceros.
En definitiva, las municipalidades tienen las obligaciones de fiscalizar, retirar animales, esterilizarlos, promoción y educación en materia de tenencia responsable y protección ambiental.
Es AQUÍ donde el estudio y ejecución de un proyecto de canil donde los animales tengan comida y cuidado, asistencia veterinaria y esterilización se hace muy necesario. Es la única manera de tener un control real de la población canina. La construcción de casas para perros o el denominarlos comunitarios no basta para enfrentar cívicamente el problema de sobrepoblación y salud pública.
MARIO ROMERO OLIVERA